Ley de la Segunda Oportunidad
Con la ayuda de nuestro equipo de profesionales comunicaremos a tus acreedores tu situación de insolvencia: o aceptan reducir la deuda a tu verdadera capacidad de pago o acudiremos al beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), cancelando todas las deudas por Ley.
¿Quién puede acogerse a esta Ley?
La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada tanto como para particulares como para profesionales, autónomos, familias, avalistas, empresarios, y un largo etc.
¿Cuántas veces puedo acogerme a la ley?
No existe un número máximo de veces, el único requisito para acogerse a la LSO es que hayan pasado 10 años entre una sentencia y el nuevo procedimiento
Tengo deudas con Hacienda y la Seguridad Social ¿podría cogerme a la ley?
Bajo unas condiciones diferentes, sí que podrías acogerte a la ley. Estas condiciones son diferentes al caso de una deuda privada. Al tener una deuda pública no se podría cancelar o eliminar pero te dejarían llegar a un acuerdo de pagos aplazados sin intereses y sin recargos.